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El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado el reglamento CE Nº 205/2005 de la Comisión por el que se inscribe en el Registro Comunitario de Denominaciones de Origen Protegidas e Indicaciones Geográficas Protegidas el Oli de la Terra Alta (aceite de la Terra Alta), como nueva DOP.
Se trata del sexto producto agroalimentario y el tercer aceite catalán que goza de este reconocimiento comunitario, después de la DOP Les Garrigues y la DOP Siurana. A partir de la publicación en el Diario Oficial de la UE, este producto de alta calidad y de gran tradición de Cataluña, con una reputación a nivel estatal, queda reconocido en toda Europa. Según el DARP, los factores que determinan la calidad excepcional de este aceite son las particularidades del entorno natural. Las peculiares características orográficas del territorio hacen que exista un microclima especial que repercute directamente en el ciclo biológico del olivar y como consecuencia también en su fruto, la oliva.
La elaboración del aceite se realiza a través de procedimientos mecánicos o físicos, en frío, no produciendo alteración del aceite y manteniendo su sabor, aroma y características del fruto. El aceite que se obtiene es un zumo de fruta natural, con todo el contenido que le confiere las variedades de la oliva de la que procede. El Consejo Regulador, constituido con el fin de garantizar la calidad, la procedencia y dar a conocer el producto, desarrolla controles que van desde el ciclo productivo y elaborador del aceite, pasando por el cultivo del olivar, la selección de las olivas y finalizando con el envasado del aceite a las plantas envasadoras.
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