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El Gobierno ha aprobado, a propuesta conjunta de los Ministerios de Medio Ambiente y Sanidad y Consumo, el Real Decreto sobre Suelos Contaminados que establece las actividades potencialmente contaminantes y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
El Real Decreto aprobado garantiza la protección eficaz del suelo de cualquier tipo de contaminación provocada por las actividades potencialmente contaminantes y, en el caso de los ya contaminados, permite identificarlos y caracterizarlos mediante una metodología normalizada y aceptada para evitar el posible riesgo que tendría para la salud de las personas y la protección de los ecosistemas y finalmente su remediación.
Este Real Decreto vincula el riesgo potencial de un suelo contaminado al futuro uso que se le pretende dar, relacionando la función de soporte de actividad del suelo como factor de ponderación en el obligatorio análisis de riesgo. Todo ello para asegurar un elevado nivel de protección para las personas y para el medio ambiente y, al mismo tiempo, para permitir la utilización del suelo ya alterado en función del futuro uso que se pretenda dar.
En el anejo I se establece el listado de actividades potencialmente contaminantes, de tipo industrial o comercial en las que puede contaminarse el suelo. Y también las empresas que producen, manejan o almacenan más de 10 toneladas por año de una o varias sustancias incluidas en el Real Decreto 363/1995, sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
Mediante los denominados niveles genéricos de referencia (NGR), que son los parámetros básicos que se utilizan para la evaluación de la contaminación del suelo por determinadas sustancias agrupadas según su peligrosidad para la salud de las personas y para los ecosistemas, las comunidades autónomas evaluarán si la concentración de una sustancia en un suelo supone un riesgo o no.
Según los últimos datos, actualmente se han detectado 26.440 emplazamientos en los que se desarrollan actividades potencialmente contaminantes de los cuales, más de quince mil son susceptibles de haber producido una contaminación superior a la admisible.
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