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El pasado 6 de junio entró en vigor la normativa sobre la toma de muestras y análisis para el control oficial de las dioxinas y la determinación de policlorobifenilos (PCB) en los productos alimenticios, después de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La normativa, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 23 de mayo, incorpora una directiva comunitaria a la norma española. Las condiciones de control afectan a la carne y productos a base de carne, hígado y derivados, carne de pescado, productos de la pesca y derivados, leche y productos lácteos, incluida la grasa láctea, huevos de gallina y ovoproductos, aceites y grasas.
Las nuevas condiciones legislativas fijan límites máximos de dioxinas y PCB en los productos alimenticios citados al considerar que son los más susceptibles de contenerlos en cantidades que pueden ser perjudiciales para la salud humana. Tanto las tomas de muestras como el método de análisis deberán realizarlos las autoridades sanitarias (estatales, a través de los puntos de Inspección Fronterizos, autonómicas y locales).
Estas autoridades deberán seguir el procedimiento legal: levantamiento de acta, toma de tres muestras, análisis y rechazo o aceptación del producto. El objetivo de esta medida es garantizar a los consumidores que los productos que adquieren cumplen con los límites máximos de contaminantes. En el caso de que se detecten niveles por encima de lo establecido, las autoridades sanitarias tendrán la capacidad de rechazar los lotes de alimentos afectados.
Según los expertos, en el grupo de las dioxinas existen 17 sustancias que entrañan riesgos toxicológicos. Para los PCB, sin embargo, 12 congéneres presentan propiedades toxicológicas similares a las dioxinas, de aquí que se denominen "PCB similares a las dioxinas", según informa Infoagro.
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