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La nueva Ley del Vino, que sustituirá la reglamentación vigente hasta ahora, está preparada para su aprobación en Consejo de Ministros. Algunos de los aspectos básicos de la normativa es la consideración del vino como alimento y la aplicación de un nuevo sistema de protección del origen.
El Proyecto apuesta por la consideración del vino como alimento, manteniendo la orientación normativa de prohibir con carácter general el aumento artificial de la graduación alcohólica natural de uva, mostos y vinos, aunque existe la posibilidad de autorizarlo en determinadas circunstancias mediante el empleo de mosto concentrado o mosto concentrado rectificado, derivados los dos de la uva, y prohibiendo la adición de sacarosa.
Además, se configuran las normas sobre el potencial vitícola para orientar la viticultura hacia productos de calidad. En este sentido, la Ley configura un nuevo sistema de protección del origen y la calidad de los vinos, con varios niveles diferenciados. La Ley 25/1970 ya estableció un sistema de protección basado en la figura de las denominaciones de origen.
Sin embargo, la aparición de nuevas figuras de protección vinculadas a la regulación de los vinos de calidad producidos en regiones determinadas (vinos de calidad con indicación geográfica, vinos de D.O., vinos de D.O. calificada y vinos de pago) aconseja establecer un nuevo sistema de niveles, incluidos los vinos de mesa con indicación geográfica en línea con las orientaciones internacionales.
También se continúa contemplando que la gestión de las denominaciones de origen las lleven a cabo los Consejos Reguladores, que deberán mejorar la calidad, proponer variaciones en la delimitación de la zona de producción, establecer los rendimientos máximas, definir normas de elaboración y estudiar y promocionar nuevos mercados, entre otros.
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