Saltar el menú de navegación e ir al contenido

CONSUMER EROSKI, el diario del consumidor

Buscador

Boletines

| Baja | Más opciones |

(Seguridad alimentaria)


Cambiar de idioma

Otras utilidades


¿Cómo reclamar por el contagio humano del mal de las vacas locas?

El pasado 20 de marzo se presentó en Barcelona la primera reclamación por daños y perjuicios por un caso de muerte causado supuestamente por la nueva variante de Creutzfeldt-Jakob. La reclamación precisa que "todo apunta a que la causa de la enfermedad se encuentra en el consumo de carne de vacuno infectada". La demanda, sin embargo, parece tener poca cabida en el sistema legislativo ante la falta de evidencias científicas. Los demandantes se enfrentan a un largo y tortuoso camino.

  • Autor: Por JUAN RAMÓN HIDALGO MOYA
  • Fecha de publicación: 21 de junio de 2001

¿Cómo reclamar por el contagio humano del mal de las vacas locas?

La primera reclamación española en petición de daños y perjuicios derivados por la muerte de un hombre de 49 años tras el desarrollo de la enfermedad de Creutzfeldt-Jakob, se presentó el pasado 20 de marzo Barcelona. Su finalidad era la compensación económica tanto a la viuda, como a los hijos del fallecido. El primer diagnóstico de la "nueva variante", sin embargo, se había realizado en el Hospital Clínico Universitario Virgen de la Victoria de Málaga. La persona afectada era un ciudadano inglés de 27 años, residente en el Reino Unido, que residía temporalmente en España, por lo que el caso debe relacionarse con el citado país.

Esta primera reclamación se interpuso contra la Generalitat de Cataluña (Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca; y el Departamento de Sanidad) y el Estado (Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca; y Ministerio de Sanidad y Consumo), por entender que ambas Administraciones incurrieron en una omisión imprudente. La falta de actuación imputada se basa en la posibilidad de que las diferentes Administraciones pudieran haber actuado de forma anticipada y no lo hicieron.

La reclamación tiene su fundamento en dos normas básicas que determinan la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública y el derecho de los particulares a reclamar una indemnización por toda lesión que sufran como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Las citadas normas posibilitan reclamar de forma solidaria contra varias administraciones por responsabilidad concurrente, como ha sucedido en este caso. Pero conviene aclarar que la reclamación se efectúa en lo que se denomina "vía administrativa"; es decir, ante la misma Administración a la que se reclama. En el caso de que sea desestimada o no resuelta en el plazo legalmente establecido, se puede acudir a los tribunales de lo contencioso-administrativo, competentes en este tipo de reclamación.

La primera cuestión que debe destacarse es que en el momento de presentarse la reclamación, y hasta la fecha, el caso no ha sido declarado ni médica ni oficialmente como "nueva variante" de la enfermedad de Creutzfeldt-Jakob. Por lo que respecta a la posición de la Administración, el caso se encuadra dentro de la enfermedad de Creutzfeldt-Jakob en su modalidad "clásica", en principio no atribuible al consumo de carne, y cuya incidencia aproximada es de 1,5 casos por cada millón de personas y año. Por lo que respecta al entorno de los reclamantes, el hecho de que el fallecido careciera de antecedentes familiares y su edad, junto con los acontecimientos de los últimos años con respecto a la denominada "crisis de las vacas locas", les hace pensar que la causa de la muerte de su allegado reside en el consumo de la carne de vacuno infectada por el prión; o, al menos, les hace dudar de que estén ante la modalidad "clásica" de la enfermedad.

Paginación dentro de este contenido



Recursos de esta página



Validaciones de esta página

  • Accesibilidad: Conformidad con el Nivel Triple-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI
  • XHTML: Validación del W3C indicando que este documento es XHTML 1.1 correcto
  • CSS: Validación del W3C indicando que este documento usa CSS de forma correcta
  • RSS: Validación de feedvalidator.org indicando que nuestros titulares RSS tienen un formato correcto