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El Reglamento propuesto por la Comisión Europea sobre alimentación y salud define un marco común donde coexisten normas nacionales muy divergentes en relación a la adición de vitaminas y sustancias minerales en los productos alimenticios.
Prácticamente prohibidas en algunos países, se autorizan sin embargo en otros, con algunas restricciones. Por lo tanto, los productos aprobados tienen verdaderas dificultades de circular en el mercado interior. El nuevo Reglamento tiene como objetivo poner remedio a esta diversidad de normas ofreciendo a la vez la máxima protección a los consumidores.
El Reglamento presenta una lista de más de 100 fórmulas vitamínicas y sustancias minerales que pueden ser añadidas a los productos alimenticios. Prohíbe, sin embargo, añadir a los productos frescos no tratados, en particular las frutas, las verduras, la carne y el pescado, así como a las bebidas y productos con un 1,2% de volumen de alcohol.
La propuesta parlamentaria ha previsto excepciones para los vinos medicinales tradicionales. Los diputados añaden la obligación, por parte del fabricante, de indicar la cantidad recomendad para el consumo diario y una advertencia contra rebasar la dosis diaria.
La lista de las vitaminas y sustancias minerales autorizadas podrán ser modificadas posteriormente por el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Salud Animal. Además, este Comité podrá elaborar, a petición de los Estados miembros, una lista negativa de sustancias prohibidas o sujetas a restricciones o controles comunitarios.
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