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La Comisión Europa restringe el uso de aditivos para alimentación animal

La Comisión Europea ha aprobado el reglamento 1756/2002 por el que se prohibe el uso del aditivo coccidiostático Nifursol para la alimentación de animales destinados al consumo humano.

  • Fecha de publicación: 7 de octubre de 2002

A pesar de que la CEE establecía que solamente se concederá una autorización comunitaria si se demuestra que el uso de este aditivo no tiene ninguna influencia desfavorable para la salud humana, animal o para el medio ambiente y no altera las características de los productos de origen animal, la CE ha prohibido el uso del aditivo citado a la espera de que el Comité Permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal emita algún dictamen.

Anterior a esta decisión, la Directiva 82/822 autorizó por primera vez el uso del coccidiostático Nifursol, nitrofurano utilizado como un aditivo en la alimentación animal. La autorización estaba entonces vinculada a la persona responsable de su puesta en circulación durante un periodo de diez años. Entre 1990 y 1995, el Comité mixto FAO/OMS de expertos en aditivos alimentarios (JECFA) y el Comité de medicamentos veterinarios (CMV) emitieron dictámenes sobre el uso de medicamentos en los animales destinados a la producción de alimentos.

Cada uno de los dictámenes incluyeron todos los nitrofuranos con el fin de prohibir en toda la comunidad comunitaria la administración de estas sustancias, en forma de medicamentos veterinarios, a los animales destinados a la producción de alimentos. Por todo ello, la Comisión solicitó al Comité científico de la alimentación animal (CCAA) que efectuara una nueva evaluación del riesgo del aditivo.

Tras la solicitud, en octubre de 2001 el CCAA adoptó un dictamen sobre el Nifursol en el que concluía que, a partir de los estudios de mutagenicidad, genotoxicidad y carcinogenicidad presentados por la persona responsable de su puesta en circulación, y debido a la falta de datos sobre su toxicidad, no era posible deducir una ingesta diaria admisible para los consumidores. Así, pues, no fue posible establecer niveles máximos de residuos para las personas, razón por la que la Comisión ha adoptado una medida a la espera de los dictámenes científicos definitivos.



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